Qué trámites debo seguir para legalizar un pozo en Andalucía.
El trámite para la legalización de un pozo consta de varias partes. Cada una de ellas es competencia de instituciones diferentes.
Paso 1. Informar a la administración. Siempre que se planee utilizar aguas subterráneas iguales o menores a 7000m3 es necesario en primer lugar comunicar su aprovechamiento a la Agencia Andaluza del Agua o a la cuenca hidrográfica competente (Guadalquivir o Guadiana).
La Agencia Andaluza del Agua ofrece la posibilidad de realizar este trámite on-line:
Recuerda que, una vez resuelto el trámite, es necesario guardar el informe favorable de cara a la autorización de las obras de captación.
Para aguas subterráneas de más de 7000 m3 es necesario solicitar a la Agencia Andaluza del Agua o a la cuenca competente la concesión de aprovechamiento del recurso. El trámite a realizar depende del uso concreto al que se destine el pozo (abastecimiento, riego, abrevadero de ganado o usos industriales).
La Agencia Andaluza del Agua ofrece la posibilidad de realizar este trámite on-line:
- Concesión de aguas subterráneas para abastecimiento
- Concesión de aguas subterráneas para riego y/o abrevadero de ganado
- Concesión de aguas subterráneas para usos industriales
En el área de procedimientos de sus páginas web podrás localizar los documentos pertinentes para realizar este trámite con la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, con la Confederación Hidrográfica del Guadiana o con la Confederación Hidrográfica del Segura.
Paso 2. Autorización de obras de captación. Una vez en posesión de la concesión o de un informe favorable, es necesario tramitar con la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia la autorización de obras. Para ello es necesario aportar la siguiente documentación:
- Solicitud de autorización (pdf) debidamente cumplimentada.
- Fotocopia compulsada del DNI del solicitante, representante legal, CIF, poderes de representación y la escritura de constitución en el caso de una sociedad.
- Copia compulsada de la resolución de concesión de aprovechamiento.
- Proyecto técnico, firmado por un titulado de Minas. El proyecto incluirá siempre:
- Plano de situación a escala 1:10.000 y 1:50.000 y señalización de la obra de captación a realizar.
- Número de polígono y parcela catastral.
- Estudio o estudio básico de seguridad y salud, redactado según ITC MIE S.M. 02.1.01 2006-01-23 aprobada por la ORDEN ITC/101/2006, de 23 de enero, por la que se regula el contenido mínimo y estructura del documento sobre seguridad y salud para la industria extractiva.
- En el caso de instalación eléctrica, independientemente de la potencia a instalar, es necesario presentar un proyecto técnico de baja tensión (no memoria técnica) suscrito por el técnico competente.
- Nombramiento de dirección facultativa para las instalaciones eléctricas. Si el director de ambas obras es el mismo podrá redactarse una sola dirección facultativa que incluya tanto la construcción del sondeo o pozo como la instalación eléctricas.
- Ejemplar para la administración del modelo 046 como comprobante de haber satisfecho las tasas legales, una vez diligenciado por la entidad bancaria colaboradora.
Paso 3. Solicitud de la puesta en servicio. Una vez se haya obtenido la autorización detallada en el paso anterior y tras la realización de las obras, es necesario solicitar la puesta en servicio para que el pozo quede plenamente operativo. Este trámite se realiza igualmente con la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y se debe aportar la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud de puesta en servicio (pdf) debidamente cumplimentado.
- Certificado de fin de obra suscrito por la dirección facultativa. En el mismo se debe indicar la fecha de ejecución de las obras.
- En el caso de instalaciones eléctricas se debe aportar además:
- Boletín de instalador electricista autorizado. Es necesario que coincida con los datos del proyecto de baja tensión.
- Para instalaciones cuya potencia supere los 25 KW, es necesario adjuntar copia compulsada del informe emitido por el correspondiente organismo de control emitido durante la inspección.